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martes, 23 de junio de 2020

Subero Isa dice “ninguna ley” autoriza a Salud Pública a imponer multas

El expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subera Isa. (ARCHIVO)

El Ministerio de Salud Pública anunció ayer multas de 1 a 10 salarios mínimos a los ciudadanos que no usen mascarillas en espacios públicos


SANTO DOMINGO, RD.-El expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subera Isa, afirma que el Ministerio de Salud Pública no está facultado por ninguna ley para imponer multas a los ciudadanos que omitan la disposición de usar mascarillas en los espacios públicos para prevenir el COVID-19.

En un tuit difundido en el día de hoy, Subero Isa dice que hace la aclaración para “evitar abusos de las autoridades en la aplicación de la resolución” 000016-2020 que dio a conocer ayer el ministro Rafael Sánchez Cárdenas.

La resolución indica que la violación a la Ley 42-01 sobre las medidas dispuestas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social en casos de epidemia y que en el caso del coronavirus obliga al uso obligatorio de tapabocas, se considerará como una infracción a dicha ley, la cual será sancionada con multas que oscilan entre uno y diez salarios mínimos.

La medida instruye a los funcionarios del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social e instituciones del Sistema Nacional de Salud a adoptar las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de esta resolución.

Subero Isa indica que es diferente a las atribuciones de ProConsumidor, organismo con competencia para sancionar, según el artículo 43 de la Ley 358-05 y la sentencia TC/0080/19.

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