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jueves, 11 de mayo de 2017

Manuel Jímenez apela decisión homologa acuerdo entre Procuraduría y Odebrecht

Foto: Acento.com.do /
Manuel Jímenez, exdiputado.
“El juez de marras, violentando vulgar y groseramente los derechos fundamentales de la parte querellante, demostrando con su actuación el juez en cuestión su parcialidad".


SANTO DOMINGO, República Dominicana.-El exdiputado Manuel Jímenez depositó un recurso de apelación contra la homologación del acuerdo de la Procuraduría General de la República con la empresa constructora Odebrecht, por ser excluido del proceso a pesar de ser parte querellante.

Jiménez destacó que a pesar de incoar una recusación contra el juez Danilo Amador Quevedo antes de conocerse el acuerdo en los tribunales, este emitió su decisión sobre la audiencia en cual se conoció sin ser convocado.


“No obstante, ser querellante constituido y habérsele depositado mediante instancia de fecha 18 de abril del 2017 y notificado la querella que había sido presentada en fecha 13 de febrero del 2017 advirtiéndole que debía de abstenerse de decidir sobre lo solicitado en virtud de que el señor Manuel Jímenez es parte del proceso hizo caso omiso”, relató la apelación.

Tras esto, Jímenez y sus abogados, solicitaron revocar la decisión recurrida, declarando nulo y sin ningún valor jurídico la homologación hecha por el juez de la Instrucción del Distrito Nacional al acuerdo suscrito entre la entidad Odebrecht y la Procuraduría General de la República.

“El juez de marras, violentando vulgar y groseramente los derechos fundamentales de la parte querellante, demostrando con su actuación el juez en cuestión su parcialidad y compromiso con las partes solicitantes, lo cual hacen nula la decisión que se recurre”, agregó.

Asimismo, aseguró que el acuerdo suscrito entre la entidad Odebrecht y la Procuraduría General de la República, homologado por el Juez a-quo, no procedía o más bien no existe una base legal para tal acuerdo basado en el Criterio de Oportunidad.

“En virtud de que el criterio de oportunidad no procede en el presente caso por tratarse de un hecho que conlleva pena de más de tres años, pues el acuerdo solo procede cuando se ha presentado acusación y mediante el juicio penal abreviado y en el presente caso no hay imputado, ni acusación”, añadió.

Solicitó además la fijación de audiencia, citando las partes envueltas en el caso de corrupción.

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