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sábado, 21 de mayo de 2016

Tribunal Electoral se declara incompetente para disponer conteo manual de votos

Fuente, http://www.7dias.com.do/

SANTO DOMINGO.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró su incompetencia para disponer el conteo manual de los votos emitidos en las elecciones del pasado 15 de mayo.

La decisión está contenida en la sentencia TSE-292-2016, dictada por el TSE este viernes, a raíz de una instancia elevada por Raquel Dolores Cuevas de Valera, a través de la cual solicitó que se disponga el conteo manual de los votos de la boleta C (Congresual) del municipio de Miches, de la provincia El Seibo.

El tribunal, presidido por Mariano Rodríguez, plantea su incompetencia para ordenar el conteo manual “por ser ésta una atribución conferida a las Juntas Electorales”, de conformidad con los numerales 1 y 2 del artículo 23 de la Ley Electoral (275-97).

En el segundo punto del dispositivo de la sentencia, el TSE ordena la remisión del expediente, vía Secretaría, por ante la Junta Electoral de Miches, para que proceda de conformidad los referidos mandatos legales.

Acoge parcialmente recurso de candidato del PLD

En otra sentencia, la TSE-293-2016, el tribunal acogió parcialmente un recurso de apelación incoado el mismo día 20 de mayo del 2016, por José Ramón Estévez Estévez, candidato a alcalde por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en el municipio de Las Matas de Santa Cruz, Montecristi, contra la decisión de la Junta Electoral de esa localidad de no revisar y contar los votos nulos y observados.

Ante la petición de Estévez, el tribunal decidió: “Segundo: Acoge parcialmente en cuanto al fondo, el presente recurso y en consecuencia revoca lo relativo al conteo de los votos nulos y observados, por los motivos ut supra indicados. Tercero: Ordena, en consecuencia, a la Junta Electoral de Las Matas de Santa Cruz proceder con el conteo de los votos nulos y observados, a nivel municipal en dicha demarcación, de conformidad al procedimiento establecido en los artículos 141 y 142 de la Ley Electoral, Núm. 275-97, por ser esto un mandato de tipo legal, no facultativo por parte de los delegados de los partidos políticos y las Juntas Electorales”.

De acuerdo con el boletín 10 de la Junta Central Electoral (JCE), finalizado el conteo en Las Matas de Santa Cruz, el PLD pierde por 21 votos las elecciones para la Alcaldía. Concretamente, el partido oficialista y aliados obtiene 2,807 votos, para un 49.77%, frente a los 2,828 sufragios a favor del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y aliados, con 50.14%.

El mismo boletín de la JCE habla de la existencia de 101 votos nulos, o sea, una cantidad mayor a la que separa a ambos partidos, por lo que cabe su revisión, en tanto podría hacer variar los resultados finales.

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