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lunes, 12 de junio de 2023

La JCE dice que los principios y propósitos del partido de Ramfis Trujillo no chocan con la Constitución y las leyes


La JCE otorgó un plazo de 45 días al PED, para que celebre una asamblea de formalización de no hacerlo, quedará sin efecto el reconocimiento otorgado.

En la resolución que otorgó reconocimiento legal al Partido Esperanza Democrática (PED), de Ramfis Domínguez Trujillo, el Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) sostiene que los principios y propósito de esa organización no entran en conflicto con la Constitución ni la ley 33-18, y que los documentos aportados cumplen con los requisitos exigidos.

La personería jurídica fue otorgada al PED por el Pleno de la JCE el pasado 9 de junio, mediante la resolución 24-2023, que acoge, a unanimidad, la solicitud hecha el 12 de octubre de 2021.

En la resolución consta que una comisión de la JCE, encabezada por el miembro titular Samir Chamir Isa, realizó una sesión ordinaria, para recomendar al Pleno de este órgano las conclusiones a las que arribó respecto a al PED. “Que, en efecto, la Junta Central Electoral ha comprobado, luego de un análisis integral del expediente relativo a la organización política en formación Partido Esperanza Democrática (PED), que los principios y propósitos que sustentarán a dicha organización política no entran en conflicto con la Constitución y las leyes y que los documentos presentados en la solicitud se ajustan en su esencia y forma a las prescripciones legales...”, establece la JCE. Los requisitos evaluados conciernen a la comprobación de las directivas, inspección de locales, y verificación del porcentaje de ciudadanos que exige la ley 33-18. Precisa que la ley 33-18, en el numeral 8 del artículo 15, refiere que debe ser aportada por los solicitantes del reconocimiento de un partido una declaración de los organizadores que indique que tiene organismos de dirección operando y funcionando, cada uno de los municipios.

Listín Diario

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